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SCJN admite acción de inconstitucionalidad que podría forzar a equiparar uniones homosexuales

La CNDH demanda la anulación del artículo 260 del Código Civil del estado de Jalisco que rechaza el "matrimonio" entre personas del mismo sexo. La resolución afectaría legislaciones similares en todo el país.


  

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió una acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH en la que demanda la anulación del artículo 260 del Código Civil de Jalisco que rechaza el "matrimonio" entre personas del mismo sexo.


La resolución que adopte el máximo tribunal será definitiva para las aspiraciones de parejas homosexuales que pretendan casarse, no sólo en Jalisco, sino en entidades que legalmente lo impiden.


Por primera vez, un presidente de la CNDH (Raúl González Pérez) demandó ante el máximo tribunal que invalide un artículo que establece que "para contraer matrimonio, el hombre y la mujer...", además, la norma establece que los contrayentes necesitan contar con cuando menos 18 años de edad.


A partir de que en la Ciudad de México se aprobó el "matrimonio" entre personas del mismo sexo en diciembre de 2009 y que la SCJN validó dicha reforma, varias entidades de la República reformaron sus códigos civiles para establecer que los matrimonios son entre "un hombre y una mujer", sin que la CNDH, entonces dirigida por Raúl Plascencia Villanueva, presentara un recurso ante la Corte al respecto.


La demanda fue admitida por el ministro José Ramón Cossío Díaz, quien dio vista a los poderes legislativo y ejecutivo de Jalisco para que rindan sus informes correspondientes, a efecto de integrar el expediente correspondiente; además le dio vista a la Procuraduría General de la República para que emita su postura al respecto.


Cabe señalar que para invalidar la legislación de Jalisco y sentar precedente, se requiere del voto de ocho de los once ministros, de lo contrario, la acción de inconstitucionalidad se desecha y la norma impugnada queda vigente. 

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