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El “derecho” a la muerte

En España, en el año 2010, se permitió la Ley de derechos y garantías de la persona en el proceso de la muerte, que abarca: sedación para matar al paciente, privar de alimentos para ocasionar la muerte y la toma de decisión solicitada por el paciente o su familia para estos dos actos. Son acciones que provocan la muerte, ¿no se consideran homicidio?



La Ley de derechos y garantías de la persona en el proceso de la muerte, contaba con el respaldo del  PSOE y el PP. Esta norma se vendió como una ampliación de «derechos».

 


En Andalucía y Aragón la legislación incluye prácticas eutanásicas como: el “derecho” a la sedación, solicitada por el paciente o su familia, independientemente del criterio médico, la posibilidad de privar alimentos al paciente para ocasionar su muerte, la sanción a los médicos que se nieguen a aplicar lo anterior, y decidir cuándo pueden inducirse sedaciones o retirar los soportes vitales como el alimento.


Es muy importante conocer lo que se hace en otros países para que en México se favorezcan sólo las leyes que estén a favor de la vida y de la persona.

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