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Ministra promueve deformación del concepto de matrimonio

La decisión de la SCJN de declarar inconstitucional el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca, se basa en  la idea errónea de que el matrimonio no tiene como uno de sus fines esenciales el perpetuar la especie, tal como lo estipula la legislación local.



Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de declarar inconstitucional el Artículo 143 del Código Civil de Oaxaca, que establece que el matrimonio tiene por objeto perpetuar la especie, la ministra Olga Sánchez Cordero asegura que esa no es la única finalidad de la institución matrimonial.

 


"Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes puedan acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio", aseguró la ministra Sánchez Cordero.

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