Noticias

Uniones homosexuales por vía judicial en todo el país: SCJN

Entra en vigor la tesis jurisprudencial por la cual el matrimonio ha sido atacado desde sus raíces.


  

 

A casi una semana de haber anunciado la emisión de la tesis jurisprudencial 43/2015, por parte de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo contenido indica que "considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social", ésta fue publicada el pasado viernes en el Semanario Judicial de la Federación y entró en vigor, de manera obligatoria, este lunes.


El documento, basado en la revisión de los amparos 152/2013, 122/2014, 263/2014, 591/2014 y 704/2014, establece que "pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales".


Para las y los ministros "la distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como 'entre un solo hombre y una sola mujer'".


En consecuencia, señala la tesis, "ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual".


La consecuencia directa de dicho argumento es que "bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual.

Por tanto, no es factible hacer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente".

Información adicional

Deja un comentario

Asegúrate de llenar la información requerida marcada con (*). No está permitido el Código HTML. Tu dirección de correo NO será publicada.

Todos los derechos reservados Mirada y Participación Ciudadana A.C.

Síguenos por: