La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso de Nuevo León, aprobó en primera vuelta reformas a la Ley Estatal Electoral en materia de cuota de género. ¿Esto garantizará una real participación de las mujeres en la vida pública?
Con la modificación al artículo 112 a dicha ley se establece un 40 y un 60 por ciento para que cada género ocupe cargos de elección popular sin especificarlo; sin embargo se estipula que cada partido político internamente elegirá a sus representantes para contender en las elecciones.
Un 40 por ciento mínimo de cualquiera de los géneros, obviamente con una cláusula que se le llama democrática, esto es garantizar que si hay resultados de una elección interna de los partidos pues se privilegia el resultado de la elección independientemente del género.
Las reformas a la legislación electoral incluyen dichos porcentajes para los cargos de los Ayuntamientos y Diputaciones.