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Juventud en peligro

El empleo, la salud y la educación suficiente y de calidad son los retos que México e Hispanoamérica en general deben atender en la población juvenil.


  

 

Es importante que haya suficientes oportunidades de trabajo para los jóvenes, pero también es relevante que ese entorno laboral sea adecuado, precisó Iván Castellanos Nájera, colaborador del Fondo de Población de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).


Hoy día, agregó, siete de cada diez personas que están en ese nivel de edad carecen de contrato de trabajo y protección laboral.


Hay varios factores que influyen en el problema laboral juvenil, dijo. Uno de ellos es que cuando hay crisis los primeros en perder el trabajo son los jóvenes, y cuando la economía se recupera ellos son los últimos en recobrar sus plazas.


—Si bien no hay estudios al respecto, se considera que cuando no hay lugar para los muchachos en el mercado laboral entonces éstos se sienten presionados por las necesidades económicas propias y las de sus familias , lo cual se convierte en un factor que puede inducirlos a buscar alternativas, como podría ser la delincuencia.


Castellanos Nájera es asociado nacional de Programas en Población y Desarrollo de la Juventud en la agencia de la ONU ya citada. Estuvo en esta ciudad para participar en la ceremonia en la que se presentó la iniciativa Impulso Empresarial Joven, de lo cual informamos en nota aparte.


Es politólogo egresado del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene una maestría en demografía por la Universidad Complutense de Madrid. Antes laboró como voluntario en proyectos de salud y educación.


Esa instancia de la ONU ya mencionada surgió a principios de los años 70 para impulsar el desarrollo integral de la población juvenil. En México esa oficina ofrece a los gobiernos municipal, estatal y federal asistencia técnica para fortalecer programas, capacidades e iniciativas en materia de juventud.

 

 

 

Los niños tienen derecho a vivir y desarrollarse dentro de un ambiente familiar sano, una de las razones es porque es en la familia donde se forja su carácter y habilidad para interactuar con los demás.


  

 

El tipo de maltrato infantil más frecuente en México es el físico, que representa 30 por ciento del total de casos reportados, siendo las niñas entre los 10 y 16 años de edad las más violentadas, a través de agresiones de tipo sexual, destacaron investigadoras de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México.


Las especialistas universitarias Angélica García Marbella, María Magdalena del Ángel Antonio, Erika Robles Estrada, Norma Elena Martínez Martínez y Sonia Vences Ríos aseveraron que el maltrato contra las niñas se encuentra vinculado a una ideología de "mujer sumisa", lo que eventualmente podría ocasionar que en su vida adulta experimenten violencia en otros ámbitos.


El abuso infringido contra las menores de edad, indicaron, se evidencia en situaciones problemáticas que generan desigualdad con referencia a los hombres, ya que son las primeras en abandonar los estudios por motivos como cumplir con deberes domésticos o el cuidado de hermanos menores y familiares que requieren asistencia.

 

 

 

Reglamentan la eutanasia en Colombia

Activistas en favor de la Eutanasia han provocado que se legalice, sin contemplar el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural.


  

 

En un mes, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia deberá tener lista la reglamentación para permitir la eutanasia en el país, por orden de la Corte Constitucional, que negó ampliar el plazo que esa cartera le solicitó para tramitar los protocolos respectivos.


De acuerdo con un reportaje que publica la agencia Ansa Latina, el mismo Ministerio se fijó como plazo el próximo 20 de abril, para presentar los protocolos médicos que deberán seguir en adelante los especialistas, hospitales y promotoras de salud en el país en caso de que un paciente exija morir dignamente.


La cartera de Salud había pedido a la Corte Constitucional que le permitiera ampliar durante seis meses el plazo para poner en funcionamiento los comités Interdisciplinarios y el protocolo científico a seguir en estos casos, pero el Tribunal negó la petición y urgió una respuesta inmediata al tema.


En 1997 se despenalizó la eutanasia en el país, en ese momento la Corte Constitucional dejó en manos del Congreso su reglamentación pero no le puso un plazo perentorio, por lo que el tema no trascendió en el legislativo.


El caso que activó el tema


El asunto volvió a tomar fuerza cuando en 2013 una mujer con una grave enfermedad interpuso una acción jurídica perentoria por vulneración de sus derechos fundamentales, llamada tutela, contra una prestadora de salud que se negaba a practicarle la eutanasia.


Al año siguiente, la Corte falló en favor de la mujer y ordenó al Ministerio reglamentar el procedimiento e incluso le dio algunos argumentos a tener en cuenta, entre otras, que solo podía aplicarse a pacientes terminales que estuvieran sufriendo y que manifestaran de manera voluntaria su deseo de morir dignamente.
El Tribunal señaló que una vez hecha la solicitud, el médico tratante debía convocar a un comité interdisciplinario para que estudiara el caso y decidiera en el menor tiempo posible, sugirió que el hospital asistiera sicológicamente a las familias de estos pacientes y ordenó un reporte de cada caso al Ministerio.

 

 

 

Los ciudadanos han manifestado su rechazo a la posibilidad de que el Máximo Tribunal de Justicia valide dicho recurso y con ello abra la puerta a la despenalización del aborto en todo el país.


  

 

Bajo el argumento de que "el derecho al aborto" no existe, los simpatizantes de la carta subida a Internet por CitizenGO reafirman que el derecho a la vida desde la concepción está reconocido en el Pacto Social de Derechos Civiles y Políticos del que México es signatario.


Se cita, además, la Convención de los Derechos del Niño (al que México está vinculado desde el 21 de octubre de 1990), la cual establece que el niño merece protección, y esta protección puede extenderse desde antes de nacer.


Protección al nasciturus


"El nasciturus desde el momento que es concebido debe entrar bajo la protección de la ley. Si alguien agrede a una embrazada y esta pierde al niño, el agresor es sancionado por los daños a la mujer y por la muerte del bebé", argumenta la misiva que desde el pasado 27 de febrero lleva 128 mil 981 firmas en el sitio: http://www.citizengo.org/es/19478-matar-un-bebe-un-derecho-constitucional?
De esta manera, los adherentes exigen a la Corte el respeto a la tradición jurídica, a los acuerdos constitucionales, los tratados internacionales de los que México es signataria "y a nuestros principios y valores como nación".


El 2 de enero de 2014, en la primera sesión de ese año, la Corte admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad registrada con el número 41/2013, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tlaxcala, en contra del decreto número 200, emitido por la legislatura de dicha entidad federativa, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el 5 de diciembre de 2013, mediante el cual se reformó el artículo 243 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.


Obligaría a recurrir al amparo en otros estados


Los textos de los códigos y las constituciones estatales quedan intactas, pero de facto el aborto se despenalizaría porque siempre sería obligatorio otorgar un amparo. Esto es importante por dos motivos:


1. La Suprema Corte podría sentar algo obligatorio para todo el país, independientemente de las constituciones estatales o de los códigos penales.


2. Según el análisis que hagan (considerandos) es lo que será obligatorio. Y es una posibilidad real, entre otras, que de facto quede un "derecho a abortar" por vía judicial. Esa invalidación sería de aplicación general, es decir, federal; o sea, en todo México.


Es importante señalar algunos Ministros proponen estudiar la acción de inconstitucionalidad a la luz de los instrumentos de Derechos Humanos de los que México es signataria. Sin embargo, no existe el llamado "derecho al aborto" en la legislación internacional. Por el contrario, sí existe el Pacto Social de Derechos Civiles y Políticos -al que México está adherido- que reconoce el derecho a la vida como derecho humano.


Además, la Convención de los Derechos del Niño (al que México está vinculado desde el 21 de octubre de 1990, se publicó el 25 de enero de 1991) establece que el niño merece protección, y esta protección puede extenderse desde antes de nacer. En el noveno párrafo del preámbulo establece que todo menor tiene derecho a que su vida sea protegida, incluso antes de nacer. Y en el art.6, párrafo 1, establece que todo niño tiene intrínsecamente derecho a la vida.


Aun cuando ningún tratado internacional ha proclamado nunca el derecho al aborto, algunos ministros pretenden encontrar un criterio que permita la interrupción legal del embarazo.

 

 

 

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